LABANCA, Jorge Nicolás, “La eliminación del secreto financiero”, Diario La Nación, Buenos Aires, 26 de agosto de 1985.
De acuerdo a la ley todavía vigente, quien opera con un banco o le confía informaciones tiene derecho a que su nombre y sus operaciones no se revelen a las autoridades impositivas, salvo si ellas deciden inspeccionarlo para comprobar si pagó o no sus impuestos. Por eso, el Fisco puede exigir que un banco le informe qué operaciones realizó una individualizada persona inspeccionada; no puede, en cambio pedir informaciones indiscriminadas: quiénes y cuánto depositan, quiénes tienen cajas de seguridad, etc. En esto consiste, hasta hoy, el secreto financiero respecto del Estado recaudador de impuestos.