lunes, 12 de noviembre de 2012

La eliminación del secreto financiero

LABANCA, Jorge Nicolás, “La eliminación del secreto financiero”, Diario La Nación, Buenos Aires, 26 de agosto de 1985.
    De acuerdo a la ley todavía vigente, quien opera con un banco o le confía informaciones tiene derecho a que su nombre y sus operaciones no se revelen a las autoridades impositivas, salvo si ellas deciden inspeccionarlo para comprobar si pagó o no sus impuestos. Por eso, el Fisco puede exigir que un banco le informe qué operaciones realizó una individualizada persona inspeccionada; no puede, en cambio pedir informaciones indiscriminadas: quiénes y cuánto depositan, quiénes tienen cajas de seguridad, etc. En esto consiste, hasta hoy, el secreto financiero respecto del Estado recaudador de impuestos.

domingo, 11 de noviembre de 2012

Prólogo a la obra “Tratado de derecho bancario"

LABANCA, Jorge Nicolás, Prólogo al Tratado de Derecho Bancario (A.A.V.V; Rubinzal Culzoni Editores 2011-, Kabas de Martorell, María Elisa –Directora-), Tomo I (p.13 y siguientes), Buenos Aires, 2011.
     No abrigo duda que esta obra encontrará, por varias y buenas razones, un puesto de relevante reconocimiento dentro de la literatura jurídica argentina.  Creo no equivocarme si digo que es la primera, y hasta ahora la única, que aborda la problemática del derecho bancario con aspiraciones de tratamiento orgánico e integral.

sábado, 10 de noviembre de 2012

La constitución y nosotros

LABANCA, Jorge Nicolás, "La Constitución y nosotros", Diario La Nación, c.1984.
    Todo legislador constitucional tiene ante sí varios problemas centrales de la organización económica y política de la comunidad a la que la ley constitucional está destinada: uno de ellos es la distribución de la iniciativa económica entre los individuos y el Estado. ¿Qué asignarles a unos y a otro?  Alberdi tuvo respuestas definidas para este interrogante incorporadas después en el texto de la Constitución.

viernes, 9 de noviembre de 2012

Sobre el derecho a casarse

LABANCA, Jorge Nicolás, Sobre el derecho a casarse, CIEL, 1987.
   La sentencia de la Corte que declaro contrario a la Constitución la indisolubilidad del matrimonio establecida por el artículo 64 de la ley 2393 ha suscitado como crítica principal la opinión de que los jueces carecían de facultades para decidir sobre un tema que pertenece exclusivamente al Congreso. Más tibiamente se han insinuado algunas reflexiones sobre el derecho a casarse, un punto decisivo en la argumentación de los tres jueces que formaron la mayoría de los magistrados para decidir por la inconstitucionalidad del matrimonio indisouble.

jueves, 8 de noviembre de 2012

Quien preside no gobierna

E. Gallo, O. Cornblit, A. Ribas, A. A. Chafuen, F. Korn, J. C. Cachanosky, A. M. Irigin, A. Benegas Lynch (h), R. B. Fernandez, L. H. White M. Mora y Araujo, J. Labanca; Liberalismo y Sociedad. Ensayos en honor del profesor Dr. Alberto Benegas Lynch; Buenos Aires, Ediciones Macchi,1984.

miércoles, 7 de noviembre de 2012

La garantía no es renunciable

LABANCA, Jorge Nicolás, “La garantía no es renunciable”, Diario La Nación, Buenos Aires, 18 de septiembre de 1983.
     El abogado comercialista, doctor Jorge Labanca, mantuvo con LA NACIÓN la siguiente entrevista:
¿En que consistió el caso fallado recientemente por la Corte en relación con el Art. 4º de la Ley de Concursos?

lunes, 5 de noviembre de 2012

Banquero de hecho y demostración del mutuo

LABANCA, Jorge Nicolás, Banquero de hecho y demostración del mutuoED 123-191. 1987. Comentario al fallo "Lajst, Julio V. S/quiebra s/inc.de impug. de crédito por López Yánez, Juan.
(A) Los hechos
     Textos del fallo comentado, que más abajo se citan entre comillas, dan pie para reconstruir las circunstancias que motivaron el pronunciamiento del Tribunal. Los paréntesis son nuestros.

domingo, 4 de noviembre de 2012

Alcance y contenido del secreto bancario

LABANCA, Jorge Nicolás, Alcance y contenido del secreto bancario, CIEL, c.1982.
Desde que fue incorporado al texto de la ley 18.061, y mantenido en las sucesivas modificaciones a la Ley de Entidades Financieras (Ley 21.526), el Secreto Bancario cumple la delicada función de cuidar el aspecto patrimonial del derecho a la intimidad de los clientes bancarios, cuya protección se encuentra garantizada en el artículo 18 de la Constitución Nacional. Por otra parte, mediante este instituto se busca crear un marco adecuado para el desenvolvimiento de un sistema financiero apto, solvente y competitivo.

sábado, 3 de noviembre de 2012

El proceso a Jesús visto por un abogado

   
LABANCA, Jorge Nicolás, El proceso a Jesús visto por un abogadoConferencia dictada en la Corporación de Abogados Católicos, 1982.